El Comité Olímpico Internacional (COI) afirma que no excluye a las personas transgénero de sus competiciones.
El COI dice que los deportistas transgénero podrán competir en los Juegos si se clasifican por méritos deportivos.
El COI establece que esos deportistas deberán hacerlo en la categoría que corresponda a su sexo biológico.
El 26 de marzo el COI aprobó que, desde Los Ángeles 2028, solo las mujeres biológicas podrán participar en las pruebas femeninas. La medida no será retroactiva.
El organismo ha publicado un documento para aclarar dudas sobre esa decisión y sus criterios de elegibilidad.
Para el COI, la elegibilidad para la categoría femenina se determina mediante una prueba de detección del gen SRY. El COI describe la prueba como no invasiva (raspado bucal), se realiza una vez y la considera altamente fiable.
El COI señala que la prueba detecta la presencia o ausencia del gen SRY y la califica de precisión superior al 99%.
El COI contempla excepciones por trastornos genéticos poco frecuentes, como el síndrome de insensibilidad androgénica, que podrían permitir competir en la categoría femenina aun cuando exista el gen SRY.
El COI indica que las federaciones internacionales podrán solicitar excepciones en deportes donde el sexo no afecte la equidad competitiva, citando la hípica como ejemplo.
El COI explica que trata por igual a personas con DSD XY y a personas trans al clasificarlas por sexo biológico por compartir, según el organismo, características biológicas (cromosomas XY, gen SRY, testículos y niveles de testosterona) que afectan el rendimiento.
El COI añade que la separación por sexo también responde a criterios de seguridad en deportes de contacto.
Si una deportista se niega a someterse a la prueba, el COI afirma que no podrá competir en la categoría femenina a partir de los próximos Juegos Olímpicos.
El COI reconoce que algunos países prohíben estas pruebas (menciona Noruega y Francia) y señala que los deportistas pueden efectuarlas en otros países donde sean legales.
Los menores, con consentimiento de padres o tutores, pueden validar su elegibilidad en una fase temprana de su carrera, y el COI establece que en los Juegos Olímpicos de la Juventud será obligatorio a partir de 2030.
El COI afirma que los criterios anteriores estaban desactualizados y que consultó al Movimiento Olímpico, a federaciones, a deportistas y a un grupo de expertos independientes cuyos nombres no hará públicos.
El COI confirma que los resultados y medallas previas se mantienen; por ejemplo, los participantes en el boxeo de París 2024 cumplieron las normas vigentes entonces.


