Una empresa de telemarketing en España ha despedido a una teleoperadora que utilizó un método poco convencional para eludir sus responsabilidades laborales. Durante un periodo de siete meses, la trabajadora, que operaba desde su hogar, realizó repetidas llamadas a su propio número telefónico con el fin de mantener su línea ocupada, evitar atender a clientes y prolongar su tiempo de descanso.
Aunque inicialmente fue considerada una de las mejores empleadas de la compañía y recibía bonificaciones por su desempeño, la situación dio un giro cuando un coordinador, al revisar los registros, detectó que el mismo número aparecía con frecuencia en las llamadas realizadas. Esta irregularidad llevó a la empresa a iniciar un proceso de despido y a llevar el caso a juicio, donde un tribunal respaldó la decisión de los empleadores.
Los supervisores habían autorizado a la teleoperadora a realizar «callbacks», es decir, devolver llamadas a clientes que no pudieron ser atendidos en el momento. Sin embargo, la empleada abusó de esta confianza, utilizándola para autollamarse y evitar la atención a otros usuarios. Esto generó un registro de actividad que, en apariencia, evidenciaba un alto rendimiento.
Los registros confirmaron que realizó hasta 100 llamadas a su propio número durante ese lapso. Ante el abuso de confianza y la manipulación de sus tiempos laborales, la empresa con sede en Vigo decidió despedirla. La trabajadora luego impugnó su despido en un juzgado de la ciudad, alegando que las llamadas eran breves y se realizaban en momentos de descanso. También argumentó que sufría de ansiedad y necesitaba esos momentos para calmarse.
A pesar de sus defensas, el tribunal falló a favor de la empresa, concluyendo que sus acciones constituían un intento de eludir responsabilidades laborales y transgredir la buena fe contractual, lo que supone un abuso de confianza y deslealtad hacia el empleador.



