Cuando un conductor se estaciona en una pendiente, es fundamental que gire las ruedas delanteras hacia la acera correspondiente antes de apagar el vehículo. Esta práctica no solo es una recomendación de seguridad, sino que se convierte en un requisito legal que, de no cumplirse, puede acarrear sanciones.
La importancia de esta maniobra radica en que, si el freno de estacionamiento fallara y la palanca de cambios estuviera en neutral, las ruedas orientadas hacia la acera podrían detener el vehículo en caso de que comenzara a rodar, evitando así daños mayores.
El reglamento de tránsito de la Ciudad de México establece explícitamente en su artículo 29 que al estacionarse en la vía pública, los conductores deben hacerlo de manera que no afecten el desplazamiento de peatones ni la circulación vehicular, ni obstruyan salidas de garajes. Además, el mismo artículo establece que un vehículo estacionado en pendiente descendente debe tener las ruedas delanteras dirigidas hacia la acera, mientras que en pendiente ascendente, deben ir en sentido contrario.
El incumplimiento de estas disposiciones conlleva una multa que puede oscilar entre 1,131 y 2,262 pesos, además de la pérdida de un punto en la licencia de conducir. Por otro lado, es importante destacar que girar la palanca de cambios a la posición de “Parking” y solo activar el freno de estacionamiento puede someter a los componentes de la transmisión a un estrés innecesario, lo cual no es recomendable desde un punto de vista mecánico.
Estas disposiciones son vitales no solo para la seguridad del vehículo, sino también para la de otros conductores y peatones en la vía pública.


