El Tribunal concluyó que el decreto mediante el cual el presidente arrebató al Servicio de Administración Tributaria (SAT) el control de las aduanas para transferirlo a las Secretarías de Defensa y Marina, era inconstitucional.
La resolución se enfoca en que la transferencia de estas funciones se realizó sin una reforma legal a través del Congreso. Además, las atribuciones administrativas del SAT, según la ley que lo rige, deben ser ejercidas exclusivamente por este organismo, asistido únicamente por sus unidades internas.
La sentencia actual no tiene efectos colectivos y solo beneficia a un agente aduanal en particular, anulando un crédito fiscal impuesto por el Administrador de la Aduana de Manzanillo. Sin embargo, este caso sienta un precedente relevante que seguramente derivará en una resolución definitiva de la Suprema Corte.
En julio de 2021, al expedir el decreto de creación de la ANAM, el presidente incluyó un artículo transitorio que establecía que el nuevo órgano funcionaría solo hasta que el Congreso aprobara cambios a la Ley del SAT.
Sin embargo, en diciembre de ese mismo año, López Obrador derogó su propio decreto, militarizando la operación de las aduanas y eliminando la mención de la necesidad de una reforma legal para el funcionamiento de la ANAM.
Esta acción resultó en que las aduanas del país quedaran bajo control de las Secretarías de Defensa y Marina. Además, el presidente autorizó a los militares a crear fideicomisos que reciben recursos del trámite aduanero, que históricamente habían sido asignados al SAT, sumando hasta septiembre pasado, más de 58 mil millones de pesos.
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