Guanajuato, Gto., 31 de octubre de 2023.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), aprobó los modelos de los materiales electorales que se utilizarán para el desarrollo del Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.
Los materiales electorales son los siguientes:
1. Cancel Electoral.
2. Urna para la elección de gubernatura.
3. Urna para la elección de diputaciones.
4. Urna para la elección de ayuntamiento.
5. Urna para la elección de gubernatura (Votomex).
6. Etiqueta braille para la elección de gubernatura.
7. Etiqueta braille para la elección de diputaciones.
8. Etiqueta braille para la elección de ayuntamiento.
9. Base porta urna.
10. Caja paquete electoral gubernatura.
11. Caja paquete electoral diputaciones.
12. Caja paquete electoral ayuntamiento.
13. Caja paquete electoral gubernatura (Votomex).
14. Charola contenedora de sobre y fajillas de gubernatura (Votomex).
15. Cinta de seguridad.
16. Marcador de boleta y sujetador del marcador de boleta.
17. Caja contenedora de material electoral.
Cabe resaltar que los materiales electorales fueron validados por el Instituto Nacional Electoral (INE).
En otro punto del orden del día, se aprobó la designación de las personas integrantes del Comité Técnico Asesor del Programa de Resultados Electorales Preliminares (COTAPREP) que operará en el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.
Para la selección de las personas que integrarán el COTAPREP, la Unidad Técnica de Sistemas de Información y Telecomunicaciones del Instituto realizó un procedimiento que cumplió con los lineamientos y especificaciones técnicas que determina el INE.
Las personas designadas son:
1. Paula Concepción Isiordia Lachica.
2. Lucina Morales Afanador.
3. Jesús Longinos Guadalupe Nájera Trujillo.
4. Monserrat Olivos Fuentes.
5. Norma Griselda Reyes Ávila.
Las personas que conformarán el COTAPREP cuentan con experiencia en estadística y/o ciencia de datos, tecnologías de la información y comunicaciones, investigación de operaciones y ciencia política; tal y como lo dispone el artículo 341, numeral 4, del Reglamento de Elecciones del Instituto Nacional Electoral.
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