León, Gto., 7 de noviembre del 2024.- En una decisión que beneficiará a las y los leoneses que más lo necesitan, el Ayuntamiento de León aprobó la Iniciativa de Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2025.
La aprobación se dio en sesión extraordinaria de Ayuntamiento, con 12 votos a favor y 3 en contra por parte del Cuerpo Edilicio.
El objetivo de esta Ley es proteger a quienes más lo necesitan y que paguen más los que más tienen.
El 91% de las cuentas de predial del municipio se mantendrá sin incremento, además de que seguirán los descuentos del 10% para quienes paguen en enero y el 8% para los que hagan en febrero, reconociendo la responsabilidad de los contribuyentes.
“Esta iniciativa que se está presentando, cumple con criterios constitucionales que son muy importantes indicar, cumple con los criterios constitucionales de generalidad, de obligatoriedad, de vinculación con el gasto público, importantísimo aquí la parte de proporcionalidad, que pague más quien más tiene, que sean impuestos derechos, que sean conforme a lo que marca nuestro estado de derecho, la equidad, la legalidad y por supuesto que todo esté conforme una racionalidad del gasto público” así lo destacó, Hildeberto Moreno Faba, regidor del H. Ayuntamiento.
Para 2025, del padrón total de 596 mil 416 cuentas prediales, el 91% se mantendrá sin cambios, impactando mínimamente solo a quienes tienen inmuebles con un mayor valor fiscal, de acuerdo con el Artículo 5 de la Iniciativa de Ley.
También se considera mantener el beneficio de la Cuota Mínima que otorga el Municipio a instituciones educativas, asociaciones civiles, personas adultas mayores, pensionados, personas con alguna discapacidad y con créditos de vivienda con instituciones de seguridad social.
Como una medida equitativa, el Municipio de León, con apoyo del Consejo de Valuación, ha dado un paso importante en la revalorización de propiedades al actualizar los valores unitarios de terrenos en 58 colonias y la adición de 12 colonias nuevas, lo que representará un incremento en la plusvalía de los inmuebles en estas zonas. Esta medida, que forma parte del Plano de Valores de Terreno, permitirá que las propiedades en esas colonias se acerquen al valor comercial actual, beneficiando a los propietarios al incrementar el valor de sus patrimonios.
Es importante destacar que, de las 1 mil 441 colonias que conforman la ciudad de León, únicamente el 4.02%, equivalente a 58 colonias, así como 19 tramos, tendrán un ajuste en sus valores por metro cuadrado por encima de la inflación. Gracias a este ajuste, más familias verán crecer el valor de sus propiedades, acercándolos al precio comercial actual y dinamizando el mercado inmobiliario.
En cuanto al impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles, de las 11 mil 240 cuentas, la iniciativa no contempla variaciones para el 96% de ellas, que se ubican en los primeros 8 rangos de las tasas del impuesto de adquisición de bienes; únicamente se impactarían 377 cuentas, de las cuales 122 son con operaciones de montos mayores a 8 millones de pesos.
En lo que respecta a las tarifas por consumo de agua, la Ley de Ingresos también promueve un uso responsable del líquido y prevé que quienes consumen más agua, paguen más, con lo que se garantiza un impacto mínimo en los hogares más vulnerables.
Como en el caso del impuesto predial, aquellos adultos mayores y personas con discapacidad que acrediten pertenecer a estos grupos poblacionales seguirán recibiendo un subsidio mensual en su tarifa de agua, asegurando que estos grupos continúen recibiendo apoyo.
A continuación, se comparten algunas consideraciones:
PREDIAL
- Se continua con el beneficio fiscal para los contribuyentes del impuesto predial que cubran anticipadamente el importe de la anualidad, excepto los que tributen bajo cuota mínima, quedando como sigue:
Del 10% si se realiza el pago en enero
Del 8% si se realiza el pago en febrero
- Se actualiza en un 4% por ciento, la cuota mínima para quedar como sigue:
Concepto | 2024 | 2025 | VARIACIÓN |
Cuota Mínima General (Las casas-habitación adquiridas con financiamiento otorgado por el Instituciones de organismo públicos). | 369.27 | 384.04 | 14.77 |
Cuota Mínima para pensionados, jubilados o al cónyuge, concubina, concubinario, viudo o viuda de aquéllos y personas adultas mayores, así como personas con alguna discapacidad y las personas que tengan el usufructo vitalicio de la vivienda que habitan y que se encuentran en el supuesto de pensionados o adultos mayores (tope 40 UMAS elevadas al año 1,584,254.40) | 299.72 | 311.71 | 11.99 |
Se tiene un padrón de 76,400 contribuyentes con cuota mínima el cual representa el 12.80% del total.
DERECHOS. En lo general las tarifas y cuotas de derechos se actualizan al 4% por ciento.
- SERVICIO DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y DRENAJE. Las cuotas, independientes al consumo, se incrementan al 4% por ciento.
La cuota base para usuarios domésticos pasaría de $132.55 a $137.85 pesos. Para los usuarios comerciales de servicios de $266.80 a $276.95. Para los usuarios industriales, de $290.63 a $302.26 y para los usuarios mixtos de $152.42 a $158.52.
Se propone aplicar el Factor de recuperación Tarifaria de manera escalonada con la finalidad de que paguen menos los más vulnerables y los que tienen un menor consumo y más quienes tienen un mayor consumo, lo anterior con la finalidad de concientizar en el cuidado del agua, ello de acuerdo a lo siguiente:
Se continúa con el beneficio de las personas adultas mayores o que presentan una discapacidad; En este caso debemos señalar que dentro de la Ley vigente se le bonificaba de su importe a pagar un monto de $28.52 y ahora se le bonificarán $29.62 por cada usuario acreditado como adulto mayor, o con discapacidad que habite en la vivienda.
SERVICIOS EXTRAORDINARIOS DE SEGURIDAD. Se actualizan las tarifas por arriba de la inflación, conforme a las modificaciones a los cuadros
básicos salariales de la Secretaría de Seguridad, Prevención y Protección Ciudadana.
CONCEPTO | 2024 | 2025 |
b) Servicios extraordinarios de seguridad pública, por jornada de 6 horas de servicio, por elemento policial | $1,257.09 | $1,354.54 |
c) Servicios extraordinarios de seguridad pública, por jornada de 3 horas de servicio, por elemento policial | $ 734.35 | $ 773.44 |
d) Servicios extraordinarios de seguridad pública, por jornada de 6 horas de servicio en espectáculos masivos, por elemento policial | $1,476.97 | $1,543.92 |
DERECHO DE ALUMBRADO PÚBLICO. Los Contribuyentes registrados en la CFE, pagarán el 12% respecto del consumo de energía eléctrica, siempre y cuando el resultado de esta operación no rebase la cantidad determinada en la tarifa mensual de $778.04, caso contrario pagarán esta tarifa.
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