Ciudad de México, 27 de diciembre de 2022.- La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 80VG/2022 dirigida a la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Rosa Icela Rodríguez Velázquez, por violaciones graves a los derechos humanos a la vida en agravio de Ángel Yael Ignacio Rangel; a la integridad personal y seguridad jurídica de otras tres personas, entre ellas Edith Alejandra; así como por el uso excesivo de la fuerza. Todas las acciones cometidas por elementos de la Guardia Nacional (GN).
El 27 de abril de este año elementos de la Guardia Nacional atacaron a cuatro estudiantes de la Universidad de Guanajuato en la localidad de El Copal, ubicada en Irapuato, cuando salieron de un convivio.
La agresión fue perpetrada a unos metros del plantel al que pertenecían los jóvenes. Ángel Yael, de 19 años, murió a causa de un disparo en la cabeza; mientras que Edith Alejandra fue herida de gravedad y tuvieron que intervenirla quirúrgicamente.
«La CNDH acreditó el uso excesivo de la fuerza que derivó en violaciones al derecho a la vida de la víctima mortal y a la integridad personal de las otras tres víctimas», advirtió el organismo de derechos humanos en un comunicado.
Además, señaló que los elementos de la Guardia Nacional no actuaron conforme a los principios contenidos en la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley de la Guardia Nacional.
Sus acciones tampoco corresponden a lo establecido en los principios comunes y esenciales que rigen el uso legítimo de la fuerza y de las armas de fuego.
No sólo fue irresponsabilidad de los elementos, también de la Guardia Nacional
Familiares y amigos de Ángel Yael, compañeros y estudiantes de la Universidad de Guanajuato realizaron una marcha en el centro de Guanajuato para exigir justicia por el homicidio del joven de 19 años.
Los elementos de la Guardia Nacional intentaron justificar el ataque bajo el argumento de que los jóvenes huyeron a alta velocidad y por esa razón tuvieron que perseguirlos para después dispararles porque no quisieron detenerse.
La CNDH concluyó que el uso de la fuerza fue ilegal porque los uniformados no se encontraban frente a una amenaza real e inminente que ameritara el uso de sus armas para salvaguardar su vida e integridad.
Adicionalmente, detalló que los estudiantes no se resistieron y los elementos de la Guardia Nacional dispararon de forma inmediata a las víctimas sin causa.
Por ello, hay una afectación al derecho a la vida de Ángel Yael y a la integridad personal de las otras tres víctimas; pues su proyecto de vida fue drásticamente afectado por los efectos permanentes y directos que provocaron las graves violaciones a sus derechos humanos.
A lo que se suman las secuelas a nivel físico, psicológico y social, como alteraciones en su estado emocional y en sus relaciones sociales al manifestar estados de temor, ansiedad y depresión.
La CNDH consideró que también existió una responsabilidad institucional, debido a que las acciones de los elementos de la Guardia Nacional evidenciaron su falta de preparación sobre los protocolos de uso de la fuerza y armas de fuego, así como en materia de rendición de cuentas.
Guardia Nacional deberá grabar operativos en los que participe
La Comisión Nacional recomendó a la Guardia Nacional inscribir en el Registro Nacional de Víctimas a los estudiantes que sobrevivieron y cuyos derechos fueron violentados, junto con las siete víctimas indirectas. Igualmente tendrán que reparar de forma integral el daño y se debe incluir una compensación.
Asimismo, deberán proporcionarles atención médica integral, psicológica, tanatológica y de rehabilitación, de acuerdo con las necesidades de cada una de ellas.
La CNDH también pidió gestionar una beca o mecanismo similar para garantizar que las tres personas agraviadas puedan continuar y concluir con sus estudios de nivel superior si así lo desean.
Por otra parte, pidió a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana colaborar con el Juzgado encargado de la investigación contra los servidores públicos que puedan resultar responsables de los hechos; así como colaborar con el Órgano Interno de Control de la Guardia Nacional para que se efectúe una investigación exhaustiva sobre estos hechos.
La Guardia Nacional, principalmente quienes estuvieron involucrados en los hechos y aquellos que desempeñen labores de seguridad pública, deberán recibir un curso sobre el uso de la fuerza y su marco normativo vigente. El contenido debe ser adecuada para prevenir casos similares.
Por último, la CNDH demandó que se emita una circular dirigida a los elementos de la Guardia Nacional pertenecientes a la 60 compañía adscrita al 34 Batallón, a la que pertenecían los uniformados involucrados en los hechos para que a partir de ahora registren «audiovisualmente el desarrollo de los operativos en que participen».
Ello de acuerdo con la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, que en su artículo 30, fracción XI, dice que para los operativos, es legal la grabación o filmación «del desarrollo del operativo desde el inicio hasta la conclusión del mismo», con el objetivo de garantizar la protección de los involucrados.
Con información de Radio Fórmula
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