La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha determinado como inconstitucional la facultad que se otorgó a las fiscalías especializadas anticorrupción estatales para intervenir en comunicaciones privadas y solicitar la localización geográfica en tiempo real. Esta decisión se enmarca dentro de la invalidación de varios artículos de la Ley Orgánica de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de Quintana Roo.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos había presentado una acción de inconstitucionalidad respecto a las facultades que emergieron de una reforma publicada en enero de este año. En sesiones sucesivas, el pleno de la Corte aprobó por mayoría el proyecto de resolución elaborado por uno de los ministros.
El argumento principal expuesto sostiene que solo las fiscalías generales estatales tienen la autoridad para solicitar la intervención de comunicaciones privadas, según lo estipulado en la Constitución. Este planteamiento fue respaldado por seis ministros, mientras que un sector del pleno se mostró en desacuerdo.
En relación a la geolocalización en tiempo real, el ministro presidente sugirió extender la invalidez a la norma que permitía la conservación de información en redes y dispositivos de informática. En esta votación, la oposición fue menor, con solo dos ministras manifestando su desacuerdo.
Como consecuencia de esta resolución, el titular de la Fiscalía especializada en combate a la corrupción de Quintana Roo deberá recurrir al titular de la Fiscalía General de Justicia del estado para solicitar la autorización de jueces federales en caso de requerir intervención de comunicaciones o geolocalizaciones en tiempo real.


