Guanajuato, Gto., 31 de marzo de 2022.- Con las modificaciones al Código Civil del Estado, aprobadas por unanimidad del pleno del Legislativo, se deroga el artículo 155 del Código Civil que establece que la mujer no podía tener un nuevo matrimonio sino hasta que pasaran 300 días desde la disolución del anterior. Esto a menos que dentro de ese plazo tuviera un hijo.
De esta manera, las mujeres podrán contraer nuevo matrimonio en cualquier momento, sin necesidad de que haya pasado casi un año desde su anterior divorcio.
La diputada del PAN, Cristina Márquez Alcalá, recordó que esta prohibición en el Código Civil de Guanajuato fue establecida desde el año 1967 y el texto fue recogido de manera íntegra del Código Civil federal emitido en 1928. Se buscaba evitar confusiones acerca de la paternidad de los hijos, ya que en ese entonces no existían los medios científicos hoy disponibles.
La legisladora manifestó que, con la aprobación de la reforma “tenemos la oportunidad de cambiar la vida de muchísimas mujeres”.
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