Juan Miguel Alcántara Soria
La mayoría oficialista va desenfrenada. Ni la Constitución, ni la Suprema Corte de Justicia, ni la Ética Política la contienen. El pasado miércoles 6 de noviembre se publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados el dictamen de reforma a varios artículos de la Constitución, que aprobarán apresurados la próxima semana. Desaparecen órganos que tienen reconocida su existencia y autonomía en el propio texto constitucional: El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), el Instituto Federal de Telecomunicaciones, la Comisión Federal de Competencia Económica, la Comisión Reguladora de Energía, la Comisión Nacional de Hidrocarburos y la Comisión Nacional de Mejora Continua de la Educación.
A partir de un dato sociológico -el poder corrompe, el poder absoluto corrompe absolutamente- es que el poder se divide; se equilibran pesos y contrapesos. Aristóteles constató en varias polis griegas el poder público dividido en tres: la asamblea del pueblo, ejecutores de las decisiones del pueblo y magistraturas que impartían justicia. La división tripartita del poder público evolucionó con el tiempo, primero, para que el poder frene real y positivamente al poder, y luego, por la complejidad de materias que debían atender los tres poderes clásicos. La ingeniería constitucional desarrolló órganos públicos fundamentales, establecidos en la Constitución, que no se adscriben a ningún poder tradicional. La Suprema Corte de Justicia ha sostenido la evolución del concepto de distribución del poder público, en órganos cuya actuación no depende ni se deposita en los poderes tradicionales. Tienen funciones estatales específicas con la finalidad de lograr una mayor especialización, agilizar los procedimientos, y lograr control y transparencia de los otros poderes. Dan atención eficaz a demandas sociales, por lo que, desde la Constitución, mantienen relaciones de coordinación con los otros poderes, y gozan de autonomía e independencia funcional y financiera, para atender esas funciones.
Como órganos autónomos se reconocen en nuestra Constitución Política a: la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Banco de México, la Auditoría Superior de la Federación (ASF), el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Instituto Nacional Electoral (INE), el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), la Universidad Nacional. Estos órganos, como los que se pretende desaparecer, realizan funciones del Estado que no encajan dentro de los tres poderes clásicos, y por tanto, no están subordinados a ningún otro órgano del Estado. A la CNDH, al INE, a la ASF, a los Tribunales Administrativo y electoral ya los secuestró o cooptó la 4t. Solo subsisten autónomos el Banco de México, el INEGI y la UNAM; pero les traen ganas. Del poder judicial luego hablamos. Estamos en un presidencialismo exacerbado, engendro dictatorial.
A López Obrador le disgustó no tener todo el poder posible. Por eso presentó en febrero la iniciativa que desaparece a estos 7 órganos autónomos, para concentrar en el poder ejecutivo las funciones especializadas que desempeñaban, evitar transparencia, aumentar opacidad y burocracia y clientela incondicional. De paso, lentitud en los procesos. Para complacer al déspota, el “mayoritismo desenfrenado” aprueba todas sus ocurrencias autoritarias. La presidenta Sheinbaum es más déspota, sin duda.
Hasta hace unos días teníamos confianza en 8 de los 11 ministros de la Suprema Corte: honrarían su palabra de guardar y hacer guardar la Constitución. Contendrían al poder. (Las otras 3 nombradas por López Obrador, ignorantes e incondicionales). La traición del ministro Alberto Pérez Dayán (fue mi amigo) en la sesión en que se discutió la inconstitucionalidad de la reforma al poder judicial, dañó los equilibrios del poder. No es previsible el cómo resolverán las impugnaciones a estas nuevas reformas. Queda la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y otros mecanismos previstos en Tratados Internacionales. Sin garantía de los derechos humanos y sin división de poderes, no tenemos Constitución.
Aún no hay comentarios, ¡añada su voz abajo!