Guanajuato, Gto., 13 de febrero de 2024.- En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) expidió el Reglamento de Campañas para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024, con el fin de brindar certeza a los partidos políticos, coaliciones, candidaturas independientes y personas que participen en los actos relacionados con dicha etapa del proceso comicial.
El reglamento será de aplicación general para todas aquellas organizaciones que promuevan la participación ciudadana y a las candidaturas independientes dentro del territorio del estado de Guanajuato, en el Proceso Electoral 2023- 2024, puntualizando la forma y los requisitos de participación, atribuciones y límites en su promoción dado que éstas representan motores de participación en la sociedad.
Está redactado de manera incluyente y puede significar un avance sustantivo en el reconocimiento expreso de la igualdad entre personas, con un enfoque de derechos humanos e interseccionalidad.
El Reglamento de Campañas para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024, se integra por 46 artículos, distribuidos en cuatro títulos, 13 capítulos y dos artículos transitorios.
Cabe mencionar que, en el calendario se establecieron entre otras actividades y fechas, los plazos en los que se realizarán las campañas electorales, conforme a lo siguiente:
Cargo |
Fecha de inicio |
Fecha de término |
Gubernatura |
1/03/2024 |
29/05/2024 |
Ayuntamientos |
31/03/2024 |
29/05/2024 |
Diputaciones |
15/04/2024 |
29/05/2024 |
Se aprueba iniciar proceso de planeación de cómputos de los consejos electorales distritales y municipales
En otro punto del orden del día, se aprobó iniciar el proceso de planeación de cómputos de los consejos electorales distritales y municipales para el Proceso Electoral Local Ordinario 2023-2024.
El objetivo del proceso de planeación es llevar a cabo las acciones que permitan el adecuado desarrollo de las sesiones de cómputos, y para ello, contar con los recursos financieros, técnicos, materiales y humanos mínimos indispensables para el desarrollo de las sesiones correspondientes, ante la posibilidad de recuentos totales o parciales de la votación en los consejos distritales y municipales electorales del Instituto.
El proceso de planeación atenderá lo señalado en las Bases Generales para regular el desarrollo de las sesiones de los cómputos en las elecciones locales de conformidad con lo referido en el considerando anterior.
Se aprueban lineamientos para erradicar la violencia política-electoral contra las mujeres en razón de género
Otro punto del orden del día y por mayoría de votos, se aprobaron modificaciones a los Lineamientos para que los partidos políticos y candidaturas independientes prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política-electoral contra las mujeres en razón de género, emitidos por el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato.
La finalidad es adecuarlos a las últimas reformas constitucionales y legales, así como dotarlos de mayor claridad y congruencia, en su redacción utilizando además el lenguaje incluyente, puesto que el lenguaje no es una herramienta neutra, es el reflejo de los valores y principios de una comunidad hablante, es una convención histórica y cultural que se ha ido moldeando; por lo tanto, no está exento de revelar que en él aún se encuentran estructuras patriarcales y discriminatorias.
Se da respuesta a la Prodheg
En otro punto del orden del día, se aprobó respuesta al escrito remitido por la persona titular de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (Prodheg).
Del escrito referido se desprende que se consulta la posibilidad de que la Prodheg, continúe con la difusión de actividades educativas institucionales en tiempo de campañas electorales.
En su respuesta, el Consejo General estableció que cualquier campaña de difusión en materia educativa que lleve a cabo, conforme a sus atribuciones, la Prodheg, tendrá que evitar influir en las preferencias electorales de la ciudadanía y deberá observar los principios de equidad e imparcialidad, por lo que tendrá que omitirse en la misma toda alusión a beneficios, programas, acciones, obras o logros vinculados con cualquier orden de gobierno; logos, emblemas, acrónimos que identifiquen a una administración, campaña institucional, programa público o acto gubernamental; tampoco podrá incluir frases, imágenes, voces o símbolos que puedan ser constitutivos de propaganda gubernamental, política o electoral; ni elementos tendientes a la promoción personalizada de cualquier servidora o servidor público, partido político, coalición, candidata o candidato.
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