La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó este lunes 21 de septiembre de 2026 atraer el amparo en revisión 185/2025, relacionado con la averiguación previa sobre la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco, ocurrida en 1974 en el municipio de Atoyac, Guerrero. La decisión abre una nueva etapa para delimitar las obligaciones del Estado mexicano en la búsqueda del líder social, la investigación de los hechos y la garantía del derecho a la verdad.
La solicitud para ejercer la facultad de atracción fue propuesta por la ministra Loretta Ortiz Ahlf y aprobada por mayoría de seis votos. Con ello, el máximo tribunal del país analizará un expediente vinculado con uno de los casos emblemáticos de desaparición forzada registrados durante el periodo conocido como la Guerra Sucia.
De acuerdo con la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Rosendo Radilla Pacheco fue líder social y presidente municipal de Atoyac. También impulsó acciones para mejorar las condiciones de salud y educación de la población, entre ellas la construcción de una escuela primaria y un hospital rural en su lugar natal.
Radilla fue detenido en 1974 por elementos de la Secretaría de la Defensa Nacional en Atoyac y posteriormente fue visto por última vez en el cuartel militar de esa localidad. Desde entonces, su paradero permanece sin esclarecerse, mientras su caso ha generado resoluciones nacionales e internacionales sobre la responsabilidad de las autoridades y el acceso de las víctimas a la justicia.
¿Qué implicaciones tiene la atracción del caso?
La SCJN señaló que el asunto permitirá precisar qué debe hacer el Estado mexicano para buscar a Radilla Pacheco, investigar su desaparición y asegurar el derecho de sus familiares y de la sociedad a conocer la verdad. El análisis también se relaciona con el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
En 2009, la CIDH condenó al Estado mexicano por la detención y desaparición forzada de Radilla. Entre las medidas ordenadas se incluyeron realizar una investigación, reformar el Código Penal Militar y el Código Penal Federal, además de reconocer el agravio cometido contra el líder campesino.
El antecedente inmediato dentro del Poder Judicial federal es el asunto Varios 912/2010, resuelto por la SCJN en 2011 a propuesta del entonces ministro presidente Juan Silva Meza. Aquella resolución definió los alcances de la sentencia de la CIDH y la participación de los tribunales mexicanos en el caso.
- Punto clave / Qué ocurrió: La SCJN atrajo el amparo en revisión 185/2025 por la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco.
- Impacto o alcance: El análisis involucra la búsqueda de la víctima, la investigación de los hechos y el derecho a la verdad.
- Qué sigue: La Corte deberá estudiar el expediente y delimitar las obligaciones del Estado mexicano conforme a los antecedentes nacionales e interamericanos.
El caso permanece bajo análisis de la Suprema Corte, cuya resolución definirá los alcances jurídicos de las actuaciones pendientes relacionadas con la desaparición de Rosendo Radilla Pacheco y el cumplimiento de las obligaciones establecidas para el Estado mexicano.







