El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó este miércoles 7 de octubre de 2026 sancionar a Morena por presuntos actos anticipados de campaña y promoción de aspirantes a candidaturas, al confirmar que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE) no debía iniciar un procedimiento especial sancionador.
La decisión fue aprobada por mayoría de votos de la Sala Superior y deriva de una queja presentada por Movimiento Ciudadano (MC), partido que cuestionó recorridos y actividades públicas de militantes de Morena que aspiran a competir por distintos cargos fuera de los plazos constitucionales y legales.
El expediente identificado como UT/SCG/CA/MC/CG/237/2026 incluyó señalamientos relacionados con Tabasco, donde Andy López Beltrán busca una diputación federal, así como con Chihuahua, por conductas vinculadas con el proceso electoral local 2026-2027 y las aspiraciones públicas de la senadora con licencia Andrea Chávez para la gubernatura.
¿Por qué el TEPJF determinó que no procedía la sanción?
De acuerdo con el Tribunal Electoral, la UTCE consideró que los hechos y las pruebas aportadas correspondían a eventos individuales de alcance local o distrital. Además, concluyó que no existían indicios mínimos de una directriz nacional ilícita atribuible a Morena.
La Sala Superior respaldó ese análisis y estableció, a propuesta del magistrado Felipe Fuentes Barrera, que la autoridad electoral aplicó correctamente las reglas constitucionales, legales y jurisprudenciales relacionadas con su competencia y con la escisión de los hechos denunciados.
El punto central de la resolución fue que las conductas señaladas no constituían una actuación “inescindible” a nivel nacional. Esto significa que, para la autoridad jurisdiccional, los hechos no podían tratarse como una sola estrategia nacional que justificara el inicio del procedimiento solicitado por MC.
Movimiento Ciudadano había impugnado el acuerdo de la UTCE al considerar que la negativa vulneraba los principios constitucionales de legalidad, fundamentación, motivación y exhaustividad. También pidió que se iniciara el procedimiento sancionador, se analizaran las medidas cautelares solicitadas y se diera vista a la Unidad Técnica de Fiscalización del INE.
- Qué ocurrió: El TEPJF confirmó que la UTCE no iniciara un procedimiento sancionador contra Morena.
- Impacto o alcance: La resolución se relaciona con actividades públicas y aspiraciones políticas en Tabasco y Chihuahua, consideradas de alcance local o distrital.
- Qué sigue: El acuerdo de la UTCE queda confirmado en los términos revisados por la Sala Superior; las medidas cautelares y la vista a fiscalización no fueron ordenadas en esta resolución.
Con esta determinación, la Sala Superior mantiene vigente el acuerdo emitido por la UTCE y descarta, en este expediente, la existencia de elementos suficientes para investigar una directriz nacional ilícita de Morena. El seguimiento institucional del caso corresponde al INE y al TEPJF conforme a sus respectivas competencias.





