Juez ordena al INE a poner freno a proceso que llevará a la elección de juzgadores en 2025

Ciudad de México, 24 de septiembre de 2024.- Un juez federal otorgó una suspensión provisional que ordena al Instituto Nacional Electoral (INE) abstenerse de implementar el proceso electoral judicial, y que, por el momento, no emita acuerdos para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del mismo.

Francisco Javier García Contreras, juez Segundo de Distrito en el Estado de Colima, concedió la medida cautelar solicitada por la Fundación Iris en Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, la cual amplió su demanda de amparo.

“…Es dable establecer que dicho proceso no se llevó conforme al procedimiento legislativo… transgrediendo con ello la garantía de seguridad jurídica…Violación que se destaca con la intención de evidenciar que el acto reclamado deviene de un fruto envenenado”, indica el acuerdo del juzgador.

La resolución ordena que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral se abstenga de implementar el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025; que no emita acuerdos para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del proceso electoral extraordinario del año 2025.

Que el Consejo de la Judicatura Federal se abstenga de implementar un plan de trabajo para la transferencia de los recursos materiales, humanos, financieros y presupuestales al Tribunal de Disciplina Judicial en lo que respecta a las funciones de disciplina y control interno de los integrantes del Poder Judicial de la Federación; y al órgano de administración judicial en lo que corresponde a sus funciones administrativas y de carrera judicial

De igual manera, que evite emitir acuerdos generales y específicos que se requieran para implementar dicho plan de trabajo.

Mientras que el Senado de la República se debe abstener de emitir la convocatoria para integrar los listados de las personas candidatas que participen en la elección extraordinaria para renovar los cargos del Poder Judicial de la Federación; así como omita tomar protesta de su encargo de los juzgadores vencedores en la eventual elección el 1 de septiembre de 2025; y, omita realizar las adecuaciones a las leyes federales que correspondan para dar cumplimiento del Decreto.

Igualmente, se ordena a la Cámara de Diputados que omita realizar las adecuaciones a las leyes federales que correspondan para dar cumplimiento del decreto.

Añade que las Legislaturas de los Estados y el Congreso de la Ciudad de México se abstengan de realizar de las modificaciones a sus constituciones locales para adecuar la reforma judicial dentro del plazo de 180 días naturales a partir de la entrada en vigor del Decreto reclamado con la renovación de la totalidad de cargos de elección de los Poderes Judiciales locales a más tardar en la elección federal ordinaria del año 2027.

El juzgador dio un plazo de 24 horas para que las autoridades den cumplimiento a la suspensión provisional y, en caso de no hacerlo, se impondrá una pena de tres a nueve años de prisión, multa de 150 a 500 días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión.

El 30 de septiembre se llevará a cabo la audiencia donde se resolverá si otorga la suspensión definitiva.

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