Plantean reformas en materia del delito de amenazas

Guanajuato, Gto., 24 de octubre de 2024.- Con el objeto de fortalecer la protección de testigos, víctimas u ofendidos que reciben amenazas cuando intervienen en un procedimiento penal o dentro de una causa penal, el grupo parlamentario del Partido Acción Nacional y la representación parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática presentaron una iniciativa de reforma al Código Penal en materia del delito de amenazas.

Al hacer uso de la tribuna para exponer la propuesta, la diputada Susana Bermúdez Cano se refirió a la implementación del Sistema de Oralidad Penal y señaló que, desde su inicio hasta la fase de consolidación, se ha presentado un cuello de botella que paraliza casi todo proceso penal, ya que en la mayoría de los casos los testigos de cargo, que deponen su testimonio en contra del probable responsable, no se presentan a la audiencia de juicio.

Añadió que, si bien existen distintas causas, la principal radica en que cambiaron de domicilio por las amenazas recibidas en su contra o contra un familiar, siendo que el dicho o la declaración del testigo es una prueba contundente para robustecer y acreditar la probable responsabilidad del imputado o del sujeto activo en un hecho o acto considerado delictivo.

Manifestó que existen dos tipos de amenaza: la simple y la condicionada; ésta última dijo, impone una condición de hace o no hacer que debe cumplirse para evitar el mal anunciado; la primera, en cambio, no exige realización o abstención alguna, por lo que la primera reviste una mayor gravedad porque la agresión a la libertad es más directa y concreta.

La legisladora precisó que el daño con que se amenaza puede afectar cualquier bien jurídico tutelado, por mencionar la vida, libertad, honor, patrimonio, del pasivo o de tercero vinculado de tal manera con la víctima que entrañe una intimidación.

“Si bien existen medidas que la autoridad de investigación o de procuración de justicia deben decretar para garantizar la protección de testigos, sin embargo, es necesario fortalecer la figura del delito de amenazas para que la autoridad investigadora de oficio inicie la carpeta de investigación correspondiente, sin necesidad de querella”, precisó.

Agregó que también traerá un beneficio de manera directa a las víctimas, al pretender proteger de manera integral al testigo cuando se vea involucrado en un hecho probablemente delictivo.

“Nos preocupa el impacto social que se generan este tipo de conductas que inhiben a los testigos, aumentan las cifras de diferimiento de audiencias, lo cual dilata la impartición de justicia y genera una percepción de injusticia para las víctimas u ofendidos del hecho delictivo, por lo que se deben fortalecer las normas punitivas y con ello evitar la impunidad”, finalizó Bermúdez Cano.

La iniciativa propone establecer que a quien por medio de la intimidación de cualquier género trate de impedir que otro ejecute lo que tiene derecho a hacer; así como precisar que, los estos delitos previstos se perseguirán por querella, salvo que el sujeto pasivo de las amenazas fuere víctima u ofendido o testigo en un procedimiento penal, casos en el que se perseguirá de oficio.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Justicia para su estudio y dictamen.

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