La temporada de fiestas incrementa el consumo de bebidas alcohólicas en el estado de Guanajuato, lo que representa una oportunidad comercial que requiere permisos oficiales: la Ley de Bebidas Alcohólicas del estado exige contar con autorización para producir, almacenar o enajenar estas sustancias, según lo establecido en su Artículo 5.
El Servicio de Administración Tributaria del Estado de Guanajuato (SATEG) expide las licencias en función del contenido alcohólico y la modalidad de consumo. Las categorías señaladas incluyen A1 (alto contenido en envase abierto) con un costo de $158,841.00, A2 (alto contenido en envase cerrado) por $146,622.00, B1 (bajo contenido en envase abierto) por $13,328.00 y B2 (bajo contenido en envase cerrado) por $1,222.00.
Para eventos puntuales, el permiso eventual se cobra por día: $3,979.00 para bebidas de alto contenido alcohólico y $843.00 para aquellas de bajo contenido.
Existen además tarifas adicionales por modalidades complementarias según las características del establecimiento o la actividad; entre ellas, acceso exclusivo a mayores de edad ($61,093.00), realización de juegos, sorteos o apuestas ($488,744.00), locales con capacidad superior a 5,000 personas ($183,278.00), venta después de las 23:59 horas ($61,093.00), venta sin servicio de alimentos en licencias A1 o B1 ($36,656.00), acceso desde carreteras federales o estatales ($183,278.00), producción en serie ($24,438.00) y producción artesanal ($12,219.00).
Para iniciar el trámite es necesario registrarse en la plataforma del SATEG con una cuenta de correo electrónico y cargar en formato PDF o imagen (máximo 4 MB) la identificación oficial vigente del solicitante, la Constancia de Situación Fiscal (RFC) y el Registro Estatal de Contribuyentes (REC), la constancia de factibilidad municipal vigente, el documento que acredite la propiedad o posesión legítima del inmueble por un mínimo de un año, el aviso de apertura ante la Jurisdicción Sanitaria y la constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales estatales.
En el caso de personas morales se solicita adicionalmente el acta constitutiva y el poder notarial del representante legal.
Una vez completado el formulario en la plataforma, el sistema asigna un folio para el seguimiento y el expediente pasa por ocho etapas de revisión que incluyen el SATEG, el Municipio, el ISAPEG y una verificación física del domicilio. Tras la dictaminación se notifica al contribuyente para realizar el pago, que debe efectuarse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación oficial.


