Ciudad de México, 30 de marzo de 2023.- A raíz del escándalo de plagio que involucró a la ministra Yasmín Esquivel Mossa y a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), autoridades de la Máxima Casa de Estudios aprobaron modificar su estatuto para anular grados, títulos o diplomados por “faltas a la integridad”.
Fue este jueves que el Consejo Universitario aprobó una serie de modificaciones y adiciones a diversos ordenamientos de la legislación universitaria a fin de garantizar la integridad y honestidad académica y prevenir o, en su caso, proceder en contra de faltas a este principio universitario en sus diferentes variantes.
Según lo señalado por el rector de la UNAM, Enrique Graue Wiechers, dichas modificaciones tienen el objetivo de subsanar un vacío legislativo que existía en la institución y evitar que vuelvan a ocurrir casos como el de la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Durante una sesión extraordinaria, las autoridades de la institución educativa avalaron reformar al Estatuto General de la UNAM, entre ellas el artículo 5, por lo que ahora se podrá declarar la nulidad absoluta de certificados, títulos profesionales y grados, siempre y cuando los requerimientos académicos y éticos no se hayan cubierto a cabalidad.
Además de la reforma al artículo 5, la serie de modificaciones también aplicarán para el artículo 7, 90, 98 fracción II e inciso E, así como la adición a las fracciones V y VI al artículo 87, la fracción III al artículo 96 y la fracción III al artículo 97, que hablan de cómo se puede evitar la falta a la integridad dentro de la reglamentación del Estatuto General.
Entre las nuevas reformas se encuentra la que se aplicará a la fracción V del artículo 87, donde se establece que antes de que los estudiantes inicien sus trámites de titulación, deberán firmar la protesta universitaria de integridad y honestidad, en la que aceptan actuar de manera ética y conforme a los valores universitarios, ya que en caso contrario el título podría ser anulado.
Por su parte, en la adición III al artículo 96 se asienta que los profesores serán responsables por el incumplimiento de integridad y honestidad académica en la supervisión y seguimiento de pruebas, exámenes, tesis, así como trabajos y artículos académicos, de manera especial, los que son necesarios para cualquier forma de titulación u obtención de grado.
Asimismo, se precisa en la nueva fracción III del artículo 97 que el alumno, graduado o cualquier persona que haya prestado o recibido ayuda fraudulenta para la titulación o examen de grado, se someterá a proceso de revisión y en su caso, procederá la nulidad del examen sustentado.
De acuerdo con la UNAM, las modificaciones a su Estatuto General también contemplan la expulsión definitiva de la Máxima Casa de Estudios del alumno o alumna, en los casos que la gravedad lo amerite.
No obstante, en situaciones donde sea declarada la anulación de un título, el o la estudiante podrá optar por alguna otra forma de titulación, siempre y cuando el consejo técnico correspondiente así lo considere.
con el objetivo de evitar que un nuevo caso de plagio como el de la ministra Yasmín Esquiel se vuelva a presentar en sus instalaciones, el Consejo Universitario también aprobó una serie de modificaciones a diversos reglamentos.
Uno de ellos es el artículo 62 del Reglamento General de Estudios Universitarios, donde se adicionarán los incisos G y H. El primero refiere que los consejos técnicos o académicos establecerán los mecanismos para garantizar la autoría original de los trabajos presentados para su evaluación, buscando siempre asegurar la integridad y honestidad académica.
En tanto que el segundo detalla que serán estos consejos quienes determinen la nulidad de exámenes la procedencia de aprobar un segundo proceso de titulación o graduación, de conformidad con el Reglamento General de Exámenes, previa valoración sobre la gravedad del caso.
Por su parte, en el Reglamento General de Exámenes se modificará el inciso C del artículo 1 para establecer que mediante las calificaciones se da testimonio de la capacitación del estudiante, de sus conocimientos y habilidades, así como la autoría original de las ideas sustentadas en sus trabajos académicos.
El artículo 21 que está relacionado con el examen profesional y las opciones de titulación, así como de obtención de grado que requieran trabajos escritos, deberán ser de autoría original, “efectuados con integridad y honestidad académica garantizando el reconocimiento y protección de la autoría intelectual, así como el compromiso social y ético universitario”.
Dichos trabajos también serán sometidos a herramientas tecnológicas, las cuales se encargarán de verificar el contenido de los proyectos.
En caso de que existan denuncias por presunta falta de integridad académica deberán presentarse ante los directores de las entidades académicas correspondientes, quienes a su vez los turnarán a los comités de ética o equivalentes y al Consejo Técnico.
Si las autoridades resuelven que un alumno cometió una falta de integridad y honestidad académica, deberá determinarse la nulidad del trabajo académico, ya sea tesis, tesina o artículo académico, y la réplica oral correspondiente.
Aún no hay comentarios, ¡añada su voz abajo!