La decisión de la Suprema Corte tiene impacto directo en la Ciudad de México y en las fiscalías locales, pues podría permitir que las autoridades ministeriales aseguren bienes relacionados o derivados de delitos sin pasar por el control previo de un juez. Esto alteraría el esquema actual de autorizaciones judiciales para medidas que afectan patrimonios en investigaciones penales.
El proyecto de la ministra María Estela Ríos plantea que el aseguramiento es una técnica de investigación y una medida precautoria de carácter provisional, que no provoca consecuencias definitivas porque los activos pueden devolverse si no se acredita su relación con un ilícito. Según la propuesta, solo el aseguramiento de vehículos y la declaración de abandono de activos no reclamados quedarían sujetos a decisión judicial.
La medida beneficiaría a la Fiscalía General de la República y a las fiscalías estatales, lo que genera inquietud en sectores que señalan que algunas procuradurías actúan bajo la influencia de gobernadores, pese a que la ley establece su autonomía. El proyecto sostiene que, conforme al artículo 229 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el aseguramiento puede decretarse por el Ministerio Público sin control judicial previo y con auxilio policial cuando sea necesario.
Se trata de una contradicción de criterios que, de resolverse a favor de la nueva postura, requeriría el voto de cinco ministros para convertirse en jurisprudencia obligatoria. En 2018 la Corte había adoptado la tesis opuesta, afirmando que la intervención del juez de control para autorizar técnicas de investigación era la regla, y en esa ocasión invalidó una disposición del CNPP que permitía a las fiscalías asegurar cuentas bancarias y otros activos financieros.
Desde entonces, la Unidad de Inteligencia Financiera es la única autoridad que puede bloquear cuentas sin orden judicial, pese a ser una dependencia administrativa sin facultades constitucionales de persecución penal, a diferencia de las fiscalías. En otro proyecto, la ministra Yasmín Esquivel sostiene de manera contraria que el artículo 252 del CNPP exige orden judicial para todos los actos de investigación que afecten derechos constitucionales.
La Corte suele aplazar asuntos de alto perfil, por lo que permanece la incertidumbre sobre si los proyectos serán retirados de la lista o sometidos a votación en el pleno.


