La modificación del artículo 123 de la Constitución tendrá impacto directo en trabajadores y empleadores de todo el país, al reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales con una aplicación gradual en los próximos años. La presidenta de la República publicó el decreto en el Diario Oficial de la Federación, instaurando el cambio a nivel constitucional.
Tras la publicación, el Congreso tiene un plazo legal para adecuar las leyes secundarias y garantizar la implementación de la reforma. El decreto establece su entrada en vigor desde su publicación y encadena la obligación de actualizar la normativa laboral correspondiente.
La Cámara de Diputados declaró la reforma constitucional como válida, tras recibir el respaldo mayoritario de los congresos estatales. La presidenta de la Cámara baja informó al pleno que 22 legislaturas estatales ya emitieron votos a favor, lo que permitió avanzar en el proceso legislativo.
Entre los congresos que aprobaron la iniciativa figuran los de varios estados y la legislatura de la Ciudad de México. El aval de las entidades federativas fue determinante para completar el procedimiento constitucional y remitir la reforma a la siguiente instancia legislativa.
La reforma dispone que la jornada laboral será de 40 horas semanales, con un esquema de transición para su aplicación. Asimismo, establece que por cada seis días de trabajo las personas trabajadoras deberán gozar al menos de un día de descanso con salario íntegro.
Se incorporan límites y pagos para el trabajo extraordinario: la jornada suplementaria no podrá exceder un máximo semanal y podrá distribuirse en jornadas diarias acotadas. En caso de requerirse horas adicionales, la norma fija incrementos salariales para su compensación, y establece sanciones económicas por prolongaciones del tiempo extraordinario.
La nueva regulación prohíbe el trabajo extraordinario a personas menores de 18 años y plantea otros lineamientos para la protección de derechos laborales. Las autoridades y empleadores deberán adecuar prácticas y contratos para cumplir con las disposiciones constitucionales y las normas que emanen del Congreso.


