Vidal Humberto Berrones Murillo
Es muy común que, en reuniones sociales o de índole político, entre la conversación se mencione la palabra Patrimonio… y hay quienes que se atreven a decir Patrimonio cultural… pero ¿realmente sabrán lo que significa?
Comparto este texto, a propósito de lo que está sucediendo en Irapuato con la famosa Casa del Arco, en la Calzada y lo que pasa en la ciudad de Guanajuato con la colocación de una rueda de la fortuna en plena plaza de la Paz, frente a la Basílica Colegiata de Nuestra Señora de Guanajuato.
Es tan vasto y tan importante nuestro Patrimonio en este país, que me atrevo a decir que debería ser una materia obligada en las escuelas de educación básica, tanto públicas como privadas; así se disminuye el alto nivel de gente inculta a lo largo y ancho de México, en especial los políticos que se jactan de ser preparados. Veamos pues, qué significa esa insigne palabra.
En un concepto etimológico, proviene del latín Patrimonium que significa “los bienes que el hijo tiene, heredados de su padre y abuelos”.
En términos jurídicos “es el conjunto de poderes y deberes apreciables en dinero que tiene una persona”.
En un significado antropológico, “herencia cultural que imprime sus características a un pueblo y lo distingue de los demás”.
Nuestro Patrimonio es testimonio del hombre, de sus pensamientos, acciones; va perdurando y transmitiéndose con el paso de los años y será la evidencia física de los tiempos pasados, de la interacción del hombre con el medio y con otros hombres. Debemos entender que hay herencia individual y colectiva.
En Europa, en 1830, Francia promulga la Ley de Monumentos y legisló acerca del Patrimonio público. En México fue hasta el año 1914, en pleno conflicto revolucionario, que se crea la Ley de Conservación de Monumentos Históricos y Artísticos y Bellezas Naturales. Después de la Primera Guerra Mundial, la Sociedad de las Naciones constituyó la Comisión Internacional de Cooperación Intelectual, cuyo objetivo era potenciar las relaciones culturales de los distintos países. De ahí que en el año 1931 nace la Conferencia Internacional de Atenas para la tutela y conservación del Patrimonio Arquitectónico, que dio las bases para la Carta de Atenas, el primer documento internacional en materia de conservación y restauración. Cuando finaliza la Segunda Guerra Mundial y se revisa el control de daños, la comunidad artística se da cuenta de la pérdida de miles de obras de arte, tanto de pintura como de escultura y, por supuesto, del daño a los espacios museísticos.
Paralelamente surge la ONU y a su vez la UNESCO; fue entonces cuando inicia una revalorización del Patrimonio histórico y cultural en el año 1946.
La UNESCO -Organización de las Naciones Unidas para la educación, la ciencia y la cultura- asume el papel de árbitro en defensa del valor del Patrimonio, como herramienta a favor de la paz y el entendimiento entre los pueblos.
En el año 1972 la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural fue aprobada por la UNESCO. Su objetivo era promover la identificación, la protección y la preservación del Patrimonio mundial, cultural y natural considerado especialmente valioso para la humanidad, tanto en tiempos de paz como de guerra.
Al paso del tiempo surgen nuevas instituciones derivadas de la UNESCO para la protección del Patrimonio.
ICOM -Consejo internacional de Museos- es la institución que promueve la creación de comités de estudio y discusión sobre la conservación y difusión del Patrimonio.
El ICCROM -Centro Internacional para el estudio, la conservación y la restauración de bienes culturales- inicia actividades en 1959 y su objetivo es contribuir a la formación de técnicos y proporcionar servicios de conservación a los países necesitados.
En el año 1965 se formaliza ICOMOS -Consejo Internacional de Monumentos y lugares históricos- y cuya misión es velar por los monumentos, lugares y sitios históricos.
Derivado de todas las instituciones se formaliza una clasificación internacional de Patrimonio.
En primer lugar, se reconoce que hay Patrimonio tangible y Patrimonio intangible.
El Patrimonio tangible es un concepto que hace referencia a los bienes que pueden ser observados y percibidos con los sentidos, que pueden ser tocados pues ocupan un espacio físico y tienen consistencia y volumen.
El Patrimonio intangible hace referencia a todo lo que no se puede tocar y no tiene una dimensión de peso y volumen.
El Patrimonio tangible tiene dos categorías: Mueble e inmueble.
El Patrimonio mueble se compone entre otras cosas de: Artesanías, obras de arte, fotografías, películas, grabaciones, mapas, manuscritos, artefactos históricos, documentos, colecciones científicas naturales.
El patrimonio inmueble son: Monumentos o sitios Arqueológicos, Monumentos o sitios históricos, conjuntos arquitectónicos, zonas típicas, Monumentos artísticos, paisajes culturales, centros industriales y obras de ingeniería.
En el Patrimonio intangible se contempla el lenguaje, la danza, la música, mitos y leyendas, religiones, la comida, la herbolaria y las costumbres.
Hay también el llamado Patrimonio natural que es tangible pero, a petición de los ambientalistas, tiene un lugar especial de tal manera que se etiqueta a la reserva de la biósfera, a las cuevas, los cenotes, reservas natutrales como el caso del santuario de la mariposa Monarca, el sótano de las golondrinas y los parques nacionales en México.
En el año 2001 la UNESCO incluye una novedosa clasificación llamada Patrimonio subacuático y está formado por todos los rastros de existencia humana que tengan un carácter cultural, histórico o arqueológico, que hayan estado bajo el agua, parcial o totalmente, de forma periódica o continua, por lo menos durante 100 años.
Por todo lo anterior es justo, o mejor, es obligado mencionar que hay una legislación mexicana en torno a nuestro Patrimonio.
-La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
-Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos
-Reglamento de la Ley Federal de Monumentos
-Ley Orgánica del INAH
-Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
Las instituciones obligadas al cumplimiento de las leyes en materia de Patrimonio son:
-La Secretaría de Educación Pública
-Instituto Nacional de Antropología e Historia
-Instituto Nacional de Bellas Artes
-Las Secretarías y los Institutos de Cultura Estatales
Todas las anteriores, en coordinación con las autoridades culturales municipales, deben realizar campañas permanentes para fomentar el conocimiento y respeto a los monumentos arqueológicos históricos y artísticos.
Se considera Patrimonio de la Nación a los monumentos arqueológicos muebles o inmuebles producto de culturas anteriores a la llegada de los españoles a territorio nacional, así como los restos humanos, de la flora y la fauna relacionados con estas culturas. También son Patrimonio de la Nación los monumentos históricos compuestos de inmuebles construidos entre los siglos XVI y XIX destinados a templos y sus anexos.
El INAH regula los monumentos arqueológicos, históricos y el INBA regula los monumentos artísticos.
Por lo tanto, el Patrimonio es un derecho que se integra por lo natural y lo cultural, que incluye el lugar común y los objetos que una comunidad utiliza para desarrollar sus actividades cotidianas y sociales con las que se identifican sus integrantes y le otorgan sentido de pertenencia.
A partir de hoy, creo que esas charlas sociales y políticas serán más interesantes y formativas. Defendamos nuestra herencia cultural, cuidémosla para heredarla a las siguientes generaciones. Seamos testigos, vigilantes y protectores de nuestro grandioso Patrimonio Cultural.
Vidal Humberto Berrones Murillo
Promotor y Gestor Cultural
vidalberronesphotography@gmail.com
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