La absolución parcial de un conocido secuestrador tras 27 años de prisión es un suceso relevante para la comunidad, pues afecta la percepción sobre la eficacia de las investigaciones y la confianza en el sistema de justicia penal local.
El fallo puede incidir en la evaluación de procesos pendientes y en la seguridad de las víctimas y sus familias.
La jueza segunda de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, Raquel Ivette Duarte Cedillo, resolvió absolver a Daniel Arizmendi López del delito de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro por falta de pruebas suficientes.
La decisión se basa en que no existe señalamiento o imputación directa que permita acreditar su plena responsabilidad en ese delito.
Sin embargo, la autoridad determinó que sí había elementos suficientes para acreditar la violación a la ley federal contra la delincuencia organizada.
Por ese delito se le impuso una pena de ocho años, la cual fue considerada como compurgada debido al tiempo que ha permanecido detenido.
Arizmendi López seguirá recluido por otros procesos y sentencias vigentes en su contra relacionados con distintos delitos, por lo que la absolución en este caso no implica su inmediata liberación.
El interno ha estado recluido desde su captura en 1998 en el penal federal de alta seguridad conocido como El Altiplano.
En 2006, las autoridades le atribuyeron penas acumuladas cercanas a los 400 años por delitos de delincuencia organizada y secuestro en varios casos.
La banda vinculada a Arizmendi habría cometido alrededor de 40 secuestros, principalmente contra empresarios, en Querétaro, Morelos, Estado de México, Puebla y la Ciudad de México.
En su declaración tras la captura, Arizmendi reconoció haber participado en múltiples secuestros y en tres homicidios, según registros judiciales.
La resolución actual obliga a revisar expedientes y a transparentar los criterios probatorios utilizados en casos de alto impacto social.



