La Cámara de Diputados aprobó de manera general la reforma del Código Penal Federal y la Ley General de Salud, con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones. Esta reforma busca penalizar con prisión de dos a seis años y multas de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, la práctica de las conocidas «terapias de conversión», las cuales intentan cambiar la orientación sexual de las personas.
Además, se contempla duplicar la sanción cuando estas prácticas se realicen contra menores de 18 años, adultos mayores o personas con discapacidad. En casos donde los padres, madres o tutores sean responsables de estas acciones sancionadas, el juez podrá optar por imponer una amonestación o apercibimiento como pena.
También sancionar a las personas profesionales, técnicas o auxiliares que apliquen dichas terapias; además, «serán suspendidas en el ejercicio profesional de uno a tres años; y, en caso de reincidencia se impondrá la prohibición definitiva del ejercicio profesional correspondiente, con la cancelación del registro de la cédula profesional».
La diputada trans Salma Luévano (Morena) señaló que la reforma no prohíbe los tratamientos psicológicos de acompañamiento para las personas de la diversidad, «lo que sí prohíbe de manera clara y contundente es que se obstaculice, restrinja, impida, menoscabe o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de las personas».
«En México, a cerca de 500 mil personas se ha intentado corregir su orientación sexual y a 700 mil su identidad de género. Casi un millón y medio de personas de nuestra diversidad han pensado en el suicidio, teniendo consecuencias en su salud mental y física», refirió.
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