La Comisión Ambiental de la Megalópolis activó la Fase 1 de Contingencia Ambiental por ozono ante la mala calidad del aire registrada, con elevadas concentraciones de ozono y partículas. La medida busca reducir emisiones primarias y la formación de ozono troposférico para proteger la salud pública.
Vigencia e impacto horario
– Aplicable en la Zona Metropolitana del Valle de México el martes 17 de febrero de 2026, de 05:00 a 22:00 horas.
– El control de circulación y las excepciones cambian la disponibilidad de vehículos particulares, de carga y de reparto, con efectos en la movilidad urbana, logística y servicios esenciales.
Vehículos que NO podrán circular (principales restricciones)
– Vehículos particulares con holograma de verificación 2.
– Vehículos particulares con holograma 1 cuyo último dígito de placa sea 2, 4, 6, 8 u 0.
– Vehículos con hologramas 0 y 00, con engomado rosa y terminación de placa 7 y 8.
– Unidades sin holograma (vehículos antiguos, de demostración, traslado, nuevos, con pase turístico, placas foráneas o placas formadas por letras) sujetas a la misma restricción que holograma 2.
– 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios sin válvula de desconexión seca y con terminación de matrícula PAR.
– Vehículos de carga local o federal no circulan entre 06:00 y 10:00 horas, salvo los que participan en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del Edomex.
– Taxis con holograma 00, 0, 1 o 2 que deban dejar de circular según las disposiciones anteriores tendrán restricción de 10:00 a 22:00 horas.
Excepciones relevantes (pueden circular)
– Vehículos eléctricos, híbridos, con matrícula ecológica o holograma exento.
– Vehículos con holograma 00 o 0 vigente, siempre que no tengan engomado rosa ni terminación de placa 7 u 8.
– Vehículos particulares en atención a emergencias médicas.
– Taxis: pueden circular de 05:00 a 10:00 horas los días con restricción para apoyar la movilidad.
– Vehículos de servicios de emergencia, salud, seguridad pública, bomberos, protección civil, abastecimiento de agua y vigilancia ambiental.
– Transporte escolar y de personal que cumpla la verificación vigente y cuente con holograma y autorización.
– Cortejos fúnebres y servicios funerarios con holograma vigente.
– Vehículos para personas con discapacidad con el permiso o placa correspondiente.
– Transporte de residuos y materiales peligrosos autorizado (excepto transportes de combustibles).
– Unidades de servicio público de pasajeros y turismo que cumplan la verificación vigente.
– Transporte de mercancías perecederas en unidades refrigeradas y mezcladoras de concreto.
– Motocicletas quedan exentas de la Fase 1.
Utilidad técnica y efectos esperados
– Reducción temporal del parque vehicular busca disminuir las concentraciones de ozono y partículas finas, reduciendo riesgos agudos para grupos vulnerables (niños, ancianos, personas con enfermedades respiratorias y cardiovasculares).
– Impacto operacional: disminución de capacidad de reparto y posibles reprogramaciones logísticas; servicios críticos y movilidad esencial se mantienen a través de las excepciones.
– Recomendación operativa: planear rutas alternas, priorizar vehículos exentos para operaciones urgentes y prever tiempos adicionales de entrega.
Se recomienda a la población seguir las indicaciones oficiales, limitar actividades físicas al aire libre y considerar el uso de transporte colectivo o vehículos exentos para reducir la exposición y contribuir a la mejora de la calidad del aire.


