Especialistas en derecho consideran que las modificaciones a la Ley de Amparo aprobadas en el Senado y que serán discutidas en el Congreso representan un retroceso y un abuso de poder ya que no se podrán suspender obras del gobierno que afectan a los ciudadanos.
El pleno de la Cámara de Senadores aprobó el decreto por el que se reforman los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales reglamentaria de los artículos 103 y 107 constitucionales, en materia de suspensión del acto reclamado e inconstitucionalidad de normas generales.
“La Ley de Amparo es para el beneficio de los ciudadanos y así se estaba interpretando. La Corte interpretaba que el amparo y la suspensión del acto reclamado son instrumentos útiles para contener el poder, pero están retirando este instrumento a la ciudadanía y quedamos a merced del poder”, dijo Marco Antonio Cuevas Contreras, profesor en la División de Estudios Jurídicos del Centro Universitario de Ciencias y Humanidades de la Universidad de Guadalajara (UdeG).
Jorge Luis Partida Ibarra, profesor de Amparo de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Guadalajara, (UAG), explicó que la afectación más directa y más palpable para los ciudadanos es que con estas modificaciones se puedan cometer actos de imposible reparación.
“Al no existir una suspensión inmediata del acto reclamado de la norma general cuando lleguemos a una sentencia definitiva la cual puede ser en seis meses o en un año o más puede darse el caso que se consumaron de manera irreparable los efectos y consecuencias en la esfera jurídica del quejoso”, afirmó.
Las modificaciones a la Ley de Amparo también fueron cuestionadas por la diputada federal del PAN, Paulina Rubio.
Se prevé que las modificaciones a la Ley de Amparo sean discutidas en el Congreso de la Unión donde los diputados de oposición ya advirtieron que tramitarán una acción de inconstitucionalidad.
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