A partir del 1 de julio, la Ciudad de México implementará nuevas regulaciones sobre la movilidad urbana que afectarán a los vehículos motorizados eléctricos de uso personal, que incluyen scooters y bicicletas eléctricas. Estas disposiciones buscan mejorar la legalidad y seguridad en el uso de estos vehículos en la capital.
Contexto Normativo
Las nuevas regulaciones son parte de las reformas a la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, aprobadas por el Congreso local, que da inicio a la categoría de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE). La normativa tendrá una implementación gradual, con sanciones aplicándose a partir de septiembre de 2026.
Categorías de Vehículos Eléctricos
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Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE):
- Comprende scooters eléctricos y bicicletas que superan 25 km/h.
- Exigen una potencia continua de 250 watts a 1.34 caballos de fuerza.
- Requisitos: licencia de conducir, casco homologado, tarjeta de circulación y placas.
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Vehículos Eléctricos Personales (VEP):
- Incluyen patines, scooters y monociclos eléctricos.
- Exentos de emplacamiento si su velocidad no supera 25 km/h.
- Deben portar un holograma para ser utilizados en ciclovías.
Registro y Emplacamiento
Los usuarios de vehículos eléctricos que ya posean uno podrán registrarlo del 1 de julio al 20 de noviembre a través de plataformas digitales de CDMX. Los nuevos vehículos vendidos a partir de la fecha deberán estar emplacados o realizar el trámite en el momento de la compra.
Campaña Informativa
El gobierno planea lanzar una campaña informativa que comenzará antes de julio de 2026, con el objetivo de instruir a usuarios, empresas y ciudadanos sobre los procedimientos necesarios para obtener el holograma y cumplir con la nueva normativa.
Esta regulación tiene como fin mejorar la seguridad vial y promover un uso responsable de los vehículos eléctricos en la ciudad.







