La Comisión Ambiental de la Megalópolis declaró Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, por mala calidad del aire derivada de concentraciones elevadas de ozono. La medida rige el lunes 16 de febrero de 2026 de 05:00 a 22:00 horas.
Restricciones principales (no circularán entre 05:00 y 22:00, salvo indicación distinta):
– Vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
– Vehículos de uso particular con holograma 1 cuyo último dígito de placa sea 1, 3, 5, 7 u 9.
– Vehículos con hologramas 0 y 00 que tengan engomado amarillo y terminación de placa 5 y 6.
– Unidades sin holograma de verificación (vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, con pase turístico, placas foráneas o placas formadas por letras), a las que se les aplica la misma restricción que a holograma 2.
– Restricción del 50% en la circulación de unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios que no cuenten con válvula de desconexión seca y cuya terminación de matrícula sea NON.
– Vehículos de carga local o federal: suspensión de circulación entre 06:00 y 10:00 horas, excepto los incluidos en Programas de Autorregulación de la CDMX o del Edomex.
– Taxis sujetos a las restricciones anteriores: se les aplicará limitación de circulación de 10:00 a 22:00 horas según corresponda por holograma y terminación de placa.
Excepciones relevantes:
– Vehículos eléctricos, híbridos, con matrícula ecológica o holograma tipo exento.
– Vehículos con holograma “00” o “0” vigente pueden circular siempre que no tengan engomado amarillo ni terminación de placa 5 o 6.
– Unidades destinadas a atender emergencias médicas y servicios de salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil y abastecimiento de agua.
– Vehículos de servicios urbanos y de transporte público de pasajeros y turismo que cumplan la verificación vigente.
– Transporte de mercancías perecederas en unidades refrigeradas y unidades revolvedoras de concreto.
– Vehículos para personas con discapacidad con el permiso, holograma o placa correspondiente.
– Transporte escolar y de personal que cumpla con la verificación y autorización vigente.
– Transporte de residuos y materiales peligrosos con autorización (excepto transportes de combustibles).
– Taxis podrán circular de 05:00 a 10:00 horas los días con restricción para apoyar la movilidad.
– Motocicletas: exentas de la Fase I.
Utilidad e impacto técnico:
– Objetivo: reducir la emisión y acumulación de precursores de ozono en la atmósfera para disminuir picos de exposición que afectan la salud respiratoria, especialmente de niños, ancianos y personas con enfermedades respiratorias o cardíacas.
– Impacto operativo: restricciones temporales afectan logística urbana (reparto, suministro de gas, carga y descarga), programación de transporte de carga y turnos de servicios que dependen de flotas privadas. Los usuarios deberán reprogramar rutas o utilizar transporte público exento.
– Recomendaciones técnicas: priorizar vehículos eléctricos o híbridos, coordinar rutas y ventanas de entrega fuera de la restricción, prever alternativas para servicios críticos y comunicar a trabajadores y clientes cambios en horarios de distribución.


