Comer dentro del automóvil mientras se conduce no está prohibido de manera expresa por el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México; sin embargo, la práctica sí puede derivar en una sanción si la autoridad considera que afecta el control del vehículo o reduce la capacidad de reacción del conductor. En esos casos, la multa puede ir de 586.55 pesos hasta 4,105 pesos.
La norma no incluye un artículo que diga literalmente que está prohibido comer al volante. No obstante, el artículo 38 establece que los conductores son responsables de evitar acciones que pongan en riesgo su integridad física y la de los demás usuarios de la vía. Bajo ese criterio, consumir alimentos o bebidas puede ser considerado una conducta riesgosa cuando interfiere con la conducción.
¿En qué casos comer al volante puede convertirse en una infracción?
La posibilidad de una sanción depende de la forma en que esa actividad afecte el manejo. Sostener un alimento con una mano puede impedir que el conductor tenga ambas manos disponibles para maniobrar, mientras que una bebida derramada o algún ingrediente que caiga sobre la ropa, el volante o el interior del vehículo puede provocar una reacción repentina.
El riesgo también aumenta cuando el conductor aparta la vista del camino para dar una mordida, buscar un alimento o limpiar una superficie. Aunque la acción parezca breve, puede reducir el tiempo disponible para responder ante un frenado inesperado, un cambio de carril o cualquier otra emergencia en la vía.
Por esa razón, la autoridad de tránsito puede valorar las circunstancias concretas y determinar si llevar alimentos o bebidas obstaculizó el control del automóvil. No se trata de una prohibición automática por el simple hecho de comer, sino de la posibilidad de sancionar una conducta que, en determinado momento, represente un peligro para el conductor o para terceros.
Además, si ocurre un choque mientras la persona conducía y comía, las autoridades o la aseguradora podrían considerar que existió responsabilidad o negligencia, dependiendo de las circunstancias del percance. Esto puede complicar la determinación de responsabilidades después del impacto.
- Punto clave / Qué ocurrió: Comer mientras se conduce no está prohibido de forma directa en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México.
- Impacto o alcance: La autoridad puede sancionar si la comida o bebida afecta el control del vehículo o la capacidad de reacción; las multas señaladas van de 586.55 a 4,105 pesos.
- Qué sigue: El conductor debe detenerse en un lugar seguro para consumir alimentos y evitar situaciones que puedan ser consideradas de riesgo.
La situación actual es que la sanción no depende únicamente de estar comiendo, sino de que esa conducta comprometa la seguridad vial. Para evitar una multa o posibles responsabilidades tras un accidente, la recomendación es detener el automóvil en un sitio seguro antes de consumir cualquier alimento o bebida.






