Reforma en Michoacán Fortalece la Protección de Derechos Humanos frente a la Violencia Digital
En un esfuerzo por robustecer la protección de los derechos humanos, el Congreso del Estado de Michoacán ha aprobado reformas a la Ley por una Vida Libre de Violencia para las Mujeres y al Código Penal en relación con la violencia digital, mediática y política. Estas modificaciones buscan abordar específicamente delitos como el acoso sexual, el ciberacoso y el acecho, así como el uso inadecuado de la inteligencia artificial que pueda derivar en violencia.
El dictamen, elaborado por las Comisiones Unidas de Justicia e Igualdad Sustantiva y de Género, integra diversas iniciativas de miembros de la actual Legislatura, orientadas a establecer un marco normativo que combata de manera integral estas formas de violencia, que afectan en particular a mujeres, niños y adolescentes.
Las reformas incluyen cambios en varios artículos del Código Penal local, con sanciones específicas. Por ejemplo, el acoso sexual, definido como la captación sin consentimiento de imágenes, audios o videos con fines sexuales, conllevará penas de seis meses a un año de prisión, además de multas que oscilan entre 30 y 120 días.
En lo que respecta al acecho, las penas se amplían hasta dos años de prisión y multas de 30 a 120 días para quienes, sin consentimiento, persistan en conductas de seguimiento y vigilancia. El ciberacoso, por su parte, estará penado con hasta tres años de prisión y multas de hasta 500 días, abarcando diversas formas de hostigamiento o divulgación de información personal sin autorización.
Además, se contemplan penas de tres a seis años de prisión para aquellos que, a través de inteligencia artificial o plataformas digitales, recopilen y divulguen información personal con el propósito de desprestigiar a un individuo, poniendo en riesgo su reputación y su integridad.
Es importante señalar que las disposiciones no aplicarán a reportajes o notas periodísticas que informen sobre la comisión de delitos, siempre que se mantenga un enfoque noticioso y contextual.
Las penas se endurecerán en un 50% cuando el delito sea perpetrado contra menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores, especialmente bajo perfiles falsos o en el anonimato. Asimismo, no se considerará como ataque a la intimidad el uso de inteligencia artificial en contextos artísticos, educativos o de investigación, siempre que se cuente con la autorización de la persona representada.
Finalmente, el marco legal establece medidas de seguridad adicionales. Los jueces podrán ordenar, además de las sanciones penales, cursos de sensibilización sobre derechos de las mujeres, alfabetización digital y servicio comunitario en actividades relacionadas con la prevención de la violencia sexual y el uso ético de las tecnologías digitales.




