La publicación en el Diario Oficial de la Federación establece nuevas reglas para proteger los derechos de las audiencias de radio, televisión abierta y de paga, así como de los servicios de audio restringido en México. Los lineamientos entrarán en vigor 30 días naturales después de su publicación.
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aprobó por unanimidad el acuerdo, luego de una consulta pública que reunió 8 mil 889 participaciones ciudadanas y del sector.
Las disposiciones obligan a las concesionarias y empresas programadoras a diferenciar la información noticiosa de las opiniones de conductores y comentaristas mediante recursos visuales o sonoros al inicio y al final de los programas.
También se prohíbe presentar publicidad o propaganda como si fuera información periodística. Los patrocinios, menciones comerciales y emplazamientos de producto deberán identificarse con el símbolo “P” en televisión o mediante una advertencia verbal en radio.
El marco regulatorio establece además medidas para promover la veracidad, la pluralidad y la accesibilidad de las personas con discapacidad. El incumplimiento podrá sancionarse con multas de entre 0.01 y 1 por ciento de los ingresos acumulables de la empresa infractora.
Con la entrada en vigor de los lineamientos quedarán abrogadas las directrices emitidas en febrero de 2025. Las concesionarias tendrán 30 días hábiles para registrar sus códigos y defensores, y 60 días para habilitar herramientas de accesibilidad.






