El proyecto legislativo busca garantizar un suministro básico para las familias sin capacidad de pago. La protección del consumo doméstico ya tiene antecedentes en la legislación estatal.
GUANAJUATO, GTO.— La falta de dinero para pagar el recibo no debería dejar a una familia sin agua para sus necesidades esenciales. Bajo ese principio, legisladores de Guanajuato trabajan en un proyecto para fortalecer la garantía del mínimo vital de agua y establecer nuevas disposiciones para los organismos operadores.
La propuesta, cuyo avance fue difundido el 5 de noviembre, reúne planteamientos de distintas fuerzas políticas sobre abastecimiento doméstico, administración de los sistemas municipales y participación comunitaria.
Se trata de un proyecto en discusión: la información consultada no acredita su aprobación definitiva ni su entrada en vigor.
¿Qué plantea el mínimo vital de agua?
El objetivo es proteger el abastecimiento indispensable para el consumo personal y doméstico de quienes carecen de recursos para cubrir el servicio.
Según la información difundida sobre el proyecto de dictamen, los organismos operadores tendrían que preservar un suministro básico para la subsistencia, en lugar de interrumpir totalmente el acceso por adeudos de las familias sin solvencia económica.
La discusión involucra a los sistemas municipales de agua, responsables de prestar el servicio en las ciudades y comunidades de Guanajuato.
La protección del consumo doméstico ya tiene antecedentes
El debate no comienza desde cero.
En una opinión legislativa enviada al Congreso en julio de 2025, la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato recordó que el artículo 341 del Código Territorial ya contemplaba una dotación suficiente para las necesidades básicas cuando el incumplimiento de pago correspondiera al uso doméstico.
Ese antecedente es fundamental para entender la propuesta: el acceso básico al agua no debe presentarse como un derecho que surgiría por primera vez con esta reforma.
La discusión busca desarrollar y fortalecer sus garantías, así como las obligaciones de las autoridades encargadas del abastecimiento.
¿Se eliminarían los recibos o las deudas?
Garantizar un mínimo para las necesidades esenciales no equivale a anunciar agua gratuita e ilimitada para todos los usuarios.
La protección del consumo indispensable y el cobro del servicio son asuntos distintos. El propio análisis de la Prodheg reconoce que operar la infraestructura implica costos de extracción, conducción, distribución y mantenimiento.
La información revisada tampoco permite afirmar que el proyecto contemple una cancelación general de adeudos.
Los alcances concretos deberán quedar establecidos en el texto que eventualmente apruebe el Congreso.
También se revisa cómo se administran los organismos
El proyecto incorpora otros asuntos relacionados con la gestión del agua.
Entre los planteamientos reportados están exigir perfiles con experiencia técnica en los consejos directivos de los organismos operadores y establecer disposiciones para los comités comunitarios que administran sistemas de abastecimiento rural.
También se contempla la incorporación de sistemas de captación de lluvia en nuevos desarrollos habitacionales.
Estas medidas forman parte de la propuesta y deben distinguirse de obligaciones nuevas que ya estén vigentes.
¿Qué falta para conocer sus efectos?
Será necesario revisar el dictamen definitivo, las votaciones correspondientes y, en caso de aprobación, el decreto publicado y sus disposiciones de entrada en vigor.
También deberá precisarse cómo se aplicaría la garantía del mínimo vital y qué procedimientos corresponderían a los organismos operadores.
Para las familias, el punto central es que las dificultades económicas no las priven del agua indispensable para beber, preparar alimentos y mantener la higiene. Para las autoridades, el desafío consiste en convertir esa protección en un servicio efectivo y verificable.










