Las bicicletas y motonetas eléctricas que circulan en la Ciudad de México deberán estar regularizadas antes del 20 de noviembre para evitar las sanciones previstas por la nueva regulación de movilidad urbana. El trámite de emplacamiento tendrá un costo de 355 pesos para estos vehículos, una tarifa reducida respecto del monto original de 710 pesos.
La normativa entró en vigor el pasado 1 de julio y establece nuevos requisitos para los usuarios de vehículos motorizados eléctricos de uso personal, entre ellos scooters, bicicletas eléctricas y bicimotos. Dependiendo de sus características técnicas, los propietarios deben contar con placas de circulación, documentación específica y, en algunos casos, una licencia de manejo.
Los vehículos adquiridos antes de la entrada en vigor de las disposiciones tienen hasta el 20 de noviembre para regularizarse. En contraste, las unidades nuevas compradas a partir del 1 de julio deben ser entregadas con placas directamente por los establecimientos que las comercializan.
Sin embargo, algunas tiendas continúan ofreciendo este tipo de vehículos sin placas, pese a las obligaciones establecidas por la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi). El secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, indicó que cada lunes se realizan reuniones con las empresas para registrar ante la dependencia los vehículos clasificados como VMP, A o B.
Qué vehículos deben regularizarse y cuáles están exentos
La regulación contempla dos categorías principales. Los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) incluyen scooters, bicimotos y bicicletas eléctricas con acelerador propio, motores de entre 250 watts y 1 kilowatt de potencia y velocidades superiores a 25 kilómetros por hora.
La segunda categoría corresponde a los Vehículos Eléctricos Personales (VEP), que cuentan con motores menores a 250 watts y no superan los 25 kilómetros por hora. Cada grupo debe cumplir con un trámite y una documentación distintos.
Quedan exentos de portar placas los vehículos eléctricos personales que no excedan 35 kilogramos de peso ni los 25 kilómetros por hora, así como las bicicletas de pedaleo asistido con motores menores a 250 watts. También están fuera de esta obligación los vehículos de propulsión humana, como patines y monopatines tradicionales.
Aun así, las unidades exentas deben portar un holograma oficial expedido por la Semovi. La dependencia señaló que las sanciones comenzarán a implementarse a partir del 20 de noviembre, por lo que los propietarios deberán completar su registro y documentación antes de esa fecha.







